SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
¿QUÉ COMPRENDE ESTA PÓLIZA?
Esta póliza comprende aquellos daños ocasionados a personas o a cosas, de acuerdo al Artículo No. 1644 del Código Civil: "El que por culpa o negligencia, causare un daño a otro, está obligado a reponer el daño causado".
El seguro cubre las sumas que el asegurado llegara a estar obligado civilmente a pagar por daños y perjuicios a causa de lesiones corporales a terceras personas o daños a la propiedad ajena, causado de manera accidental, hasta el límite máximo contratado.
Daño a personas comprende: | Daño a cosas comprende: | ||||||
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